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Las investigadoras podrán prorrogar un año el último sexenio vivo de investigación por cada permiso de maternidad

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha hecho público un comunicado en el que aclara que, por Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, se estableció el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, cuyo anexo recoge la convocatoria para el reconocimiento de los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el profesorado universitario y por el personal de los organismos públicos de investigación.

Fuente: Universidad de Córdoba


España |
30 de enero de 2020

El apartado 2.3. de la convocatoria señala en su párrafo segundo lo siguiente: “Como parte de una estrategia integral para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, a efectos del cómputo de los tramos de investigación para la evaluación de la actividad científica e investigadora, aquellas mujeres que así lo deseen podrán prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso que disfruten por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Esta disposición también será de aplicación al personal investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación. Estos permisos deberán haber sido disfrutados en el período extendido entre los dos años anteriores a la entrada en vigor de esta resolución y los seis años posteriores del último sexenio en tramitación.”

Investigadoras de la Universidad de Córdoba.

El sexenio que podrá ser objeto de la mencionada prórroga será el último sexenio vivo, entendiéndose por sexenio vivo aquel que todavía no ha sido objeto de evaluación porque no se ha completado el periodo de seis años de actividad investigadora.

Este sexenio podrá prorrogarse tantos años como permisos se hubiesen disfrutado, a razón de un año por permiso, siempre y cuando dichos permisos se hubiesen disfrutado en el periodo comprendido entre los dos años anteriores a la entrada en vigor de esta resolución y los seis años posteriores del último sexenio en tramitación: es decir, entre el 12 de diciembre de 2017 y, como máximo, el 31 de diciembre de 2025.

La fecha inicial del periodo será siempre el 12 de diciembre de 2017 y la fecha de finalización coincidirá con la fecha en la que termine el último sexenio vivo y, como máximo, el 31 de diciembre de 2025 en el caso de profesores universitarios o personal investigador funcionario de escalas científicas de opis cuyo sexenio vivo comience el 1 de enero de 2020.

Satisfacción en la CRUE

Por su parte, Crue Universidades Españolas celebra que las mujeres funcionarias de cuerpos docentes universitarios puedan prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso que disfruten por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, a efectos del cómputo de los tramos de investigación para la evaluación de la actividad científica e investigadora, tal y como recoge la nueva convocatoria del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, publicada este miércoles 11 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado.

​​Este cambio normativo, introducido en un anexo de la citada convocatoria, es fruto de las negociaciones de la Delegación de la Presidencia de Crue para Políticas de Igualdad con la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación del citado Ministerio y, más directamente, con la Secretaría General de Universidades y el Observatorio de Mujeres, Ciencia e Innovación, con el objetivo de alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y poner fin a la llamada «segregación vertical» que sufren las científicas en España por disfrutar de unos permisos que ralentizan su carrera investigadora.

La delegada de Igualdad de CRUE y rectora de la Universitat Jaume I, Eva Alcón, valora la medida y subraya que «es un ejemplo de los avances que se pueden producir cuando las instituciones van de la mano, trabajando en una misma dirección».

Esta disposición también será de aplicación al personal investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación. Además, según el nuevo texto del Ministerio, los permisos deberán haber sido disfrutados en el período extendido entre los dos años anteriores a la entrada en vigor de esta resolución y los seis años posteriores del último sexenio en tramitación.

En el mismo epígrafe, el Gobierno establece que los funcionarios de cuerpos docentes universitarios que se encuentren en excedencia para atender el cuidado de uno o varios hijos, o de un familiar que se encuentre a su cargo, podrán incluir en su solicitud de evaluación de sexenios los años – y las aportaciones publicadas en dichos años– en que hayan permanecido en dicha situación administrativa de excedencia.


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